Se pueden dar los siguientes casos:
- Para las obras de nueva construcción y las intervenciones sobre los edificios existentes, cuando alteren su configuración arquitectónica, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, o el conjunto del sistema estructural, o tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio; será necesario un Arquitecto para que realice un proyecto de legalización y legalice la dirección de obra y un Arquitecto técnico o Aparejador para que legalice la dirección de ejecución de la obra.
- Para las intervenciones sobre los edificios existentes, cuando no alteren su configuración arquitectónica; podrás elegir entre un Arquitecto o un Arquitecto técnico (Arquitecto técnico y Aparejador es lo mismo) para que se encargue de la legalización completa.
Para legalizar algo, evidentemente, se tiene que haber hecho mal. Mi consejo es que lo primero que hagas antes de iniciar unas obras es contactar con un técnico que te asesore y así no te encontrarás con la sorpresa de que tu obra es ilegal y que legalizarla te va a costar mucho más que lo que te cobraría el técnico por llevarte la obra desde el inicio.
Hay que tener en cuenta que para un técnico, legalizar la obra, es asumir la responsabilidad de la calidad y cumplimiento de la normativa de lo ejecutado anteriormente, realizado sin control alguno. Por lo que la tarea de recabar la información necesaria para asegurarse de la correcta ejecución de la obra es bastante complicada y, sumada a que la responsabilidad pasa a ser suya, los honorarios del técnico serán bastante altos.
A la hora de iniciar una obra solemos llamar a un constructor para que ejecute la obra y, además, nos aconseje en el diseño, la calidad, etc. Pero:
Ni el constructor está para diseñar o calcular, ni el técnico está para poner ladrillos.