Quién debe pagar el certificado energético

Cuando decides poner en venta la casa del pueblo cuelgas el típico cartel de «se vende» con tu número de teléfono y lo anuncias en algún portal de Internet.

Precisamente, cuando estás rellenando los datos de la vivienda que te pide el portal, te aparece que indiques la Certificación energética de la vivienda y tú no pones nada. Si la página indica que es un campo obligatorio, pones la A y sales del paso.

Posteriormente, encuentras un comprador, os ponéis de acuerdo en el precio y vais al notario para hacer las escrituras. Pero… Sorpresa! Resulta que el notario dice que es obligatorio el certificado de eficiencia energética. Y ahora empiezan las dudas, ¿quién paga eso, el que vende o el que compra? Saberlo es muy fácil, ya que la normativa dice que:

«Se establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética.»

Por lo tanto, es el vendedor el que debe proporcionar ese documento al comprador, he hecho, cuando se decide poner en venta la casa es el momento de encargar el certificado de eficiencia energética para que los posibles compradores puedan comprobar la eficiencia energética de la vivienda.

El problema es que no sabemos que es obligatorio tener el certificado energético para poner en venta la casa y, además, cuando pones el anuncio en internet y no rellenas la casilla con la letra de calificación, no pasa absolutamente nada. Por otro lado, el comprador tampoco da importancia a ese dato ya que desconoce lo que significa.

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Así que es fácil que nos encontremos con que nos lo pide el notario y no sepamos ni lo que es. Pero es el vendedor el que lo debe encargar y, por supuesto, pagar.

Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-3904

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